Proceso de elección para elegir a la directiva nacional acorde a lo estipulado en el reglamento de nuestro sindicato en su artículo 16. El Directorio del Sindicato estará compuesto por tres dirigentes.
El Directorio del Sindicato durará en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegidos.
Para la aplicación de la Ley, el Sindicato deberá ceñirse a la interpretación jurídica que haya hecho o que haga la Dirección del Trabajo en instrucciones de carácter general.
Para ser director sindical, se requerirá cumplir con los siguientes requisitos:
1) Ser mayor de 18 años de edad;
2) No haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad sólo durará el tiempo requerido para prescribir la pena, señalado en el artículo 105 del Código Penal. El plazo de prescripción empezará a correr desde la fecha de la comisión del delito;
3) Saber leer y escribir, y
4) Tener una antigüedad mínima de seis meses como socio del sindicato, y estar al día en sus cuotas sindicales.